
Un fallo en primera instancia suspendió la aplicación de los artículos 335° y 345°del Decreto, que favorecía las Sociedades Anónimas Deportivas.
A través de una acción presentada por la Liga de Fútbol de Salto -afiliada a AFA– el Juzgado Federal de Mercedes dio a lugar a una medida cautelar que ordena, según afirma el fallo “al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de Diciembre de 2023 cuya entrada en vigencia operó el 29 de diciembre del pasado año, hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva”.
Dichos artículos atentaban abiertamente hacia la finalidad de los clubes de Argentina, pensados como asociaciones civiles sin fines de lucro, con vital importancia dentro del entramado social del país, como forma de contención para niños, jóvenes y adultos y favorecía el ingreso de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).
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